Hoy en nuestra sección de “Respuestas” os traemos a la abogada Irene Delgado, especialista en el sector inmobiliario. Viene a resolvernos las dudas que surgen al encontrar deudas impagadas al adquirir una vivienda.

En el caso de que existan cuotas impagadas a la comunidad en una vivienda que se pretende comprar, el comprador debe hacerse cargo de las deudas hasta el límite del año en curso y de los tres años anteriores.

En esta situación suele ser habitual que las entidades bancarias no cambien la titularidad en el Registro de la propiedad. Si quiere saber más sobre el tema con mejor especificación, no dudes en ver el vídeo completo.