Gestión de herencia inmobiliaria

Tu herencia en Zaragoza

Ante el fallecimiento de un ser querido muchos son los trámites que tenemos que realizar y, además, uno de los asuntos que más suelen traer dolores de cabeza, es la gestión de las herencias.

Si bien ya es difícil paliar con la situación de pérdida, lo mejor es encontrar expertos y profesionales en la materia que, de alguna manera, te ayuden y dirijan en todo el proceso. Desde Aldebre,  queremos darte algunos consejos para la tramitación de la herencia de un inmueble o patrimonio inmobiliario. Toma nota:

Lo primero que debes tener en cuenta, es el tipo de plazos.

Plazos

Plazos fiscales:

Son  seis meses a partir del fallecimiento del propietario, en los que se deben pagar el impuesto de sucesiones y el impuesto sobre el incremento del valor de terrenos de naturaleza urbana. Si no se realizan los trámites en este plazo tendrás que pagar recargo e intereses de demora a la Agencia Tributaria.

Plazos civiles:

Aquí no existe un límite de tiempo para aceptar la herencia ni para repartirla. Las escrituras de aceptación y partición se podrán realizar en cualquier momento, sin embargo, la legislación fiscal señala que se haga en un tiempo de seis meses, sería conveniente cumplir esta recomendación.

Trámites

En primer lugar hay que solicitar el certificado de últimas voluntades, que se solicita a partir de los 15 días hábiles del fallecimiento, para conocer si hay testamento y en qué notaría se otorgó; para así poder obtener una copia autorizada.

Una vez tengamos la copia autorizada del testamento, junto con el certificado literal de defunción del causante y el certificado de actos de última voluntad, hay que dirigirse a una notaría de su libre elección y tramitar la herencia donde se adjudicarán los bienes provenientes de dicha herencia, en la forma que sea procedente. En caso de que no haya testamento, habrá que hacer una Acta de Declaración de Herederos, ante Notario hábil.

Impuestos

  • Con la adjudicación de la herencia, habrá que realizar la liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, dentro de los 6 meses posteriores desde el fallecimiento, aunque hay posibilidad de solicitar una prórroga, que no puede ser superior a seis meses. El Gobierno de Aragón pone a disposición de los usuarios un Portal de Sucesiones y Donaciones en el que a través de una simulación, se puede calcular cuál sería la cuantía a pagar en el caso de heredar.
  • Pago de Plusvalía Municipal, solo en el caso de heredar o recibir en donación bienes de naturaleza urbana. Es decir, pisos o viviendas, terrenos urbanos, locales, garaje.

Los herederos deberán hacer frente a la plusvalía municipal, que se calcula teniendo en cuenta el valor que ha tenido el inmueble desde que se compró, hasta el día en el que se recibe la herencia. Este impuesto será gestionado en el  Ayuntamiento donde radique el inmueble En el caso del Ayuntamiento de Zaragoza, existe una bonificación del 95% para las herencias procedentes de padres a hijos, siempre que fuera la vivienda habitual de los padres.

Registrar la propiedad

  • El paso siguiente es acudir al Registro de la Propiedad para inscribir los bienes inmuebles procedentes de la herencia, ya que de no completar este paso, el nuevo propietario no tendrá posibilidades de vender el inmueble.
  • Por último, el heredero tendrá que poner a su nombre cualquier documento que esté a nombre del fallecido, por ejemplo, acciones, fondos de inversión, etc., y para ello tendrá que acudir a las entidades bancarias con una copia simple de la escritura de aceptación de herencia.

A partir de la inscripción en el registro de la propiedad, ya se es titular y propietario del inmueble, por lo tanto, podemos gestionar tanto el alquiler como la venta del mismo.

Para ello, es recomendable que tanto la venta como el alquiler se haga a través de un profesional o equipo experto, no sólo para  ahorrar tiempo y  no tener que preocuparnos por nada, es sobre todo, para llevar a cabo todos los trámites  y cumplir los plazos y requerimientos que solicitan las distintas instancias públicas (Agencia Tributaria, Ayuntamiento, Notaría, Registro de la Propiedad, etc.).

En nuestra agencia encontrarás un equipo de agentes inmobiliarios y expertos en el sector. Con nuestra experiencia y profesionalidad te ayudaremos a gestionar tu herencia inmobiliaria y,  sobre todo, a tomar las decisiones más acertadas. Siempre buscando tu beneficio y cuidando de tus intereses.

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