Uno de los temas más controvertidos en la compraventa de inmuebles es quién debe pagar el notario.
Antes de la compra de una vivienda es necesario que tanto comprador como vendedor tengan claro cuáles son los gastos que van a tener que afrontar. Si bien la reforma de la ley Hipotecaria establece quién debe hacerse cargo en el caso de constitución de una hipoteca y de lo que esta conlleva, no todas las viviendas se adquieren gracias a un préstamo hipotecario.
Las consecuencias fiscales y de pago de impuestos debe ser tenida en cuenta por el comprador ya que deberá tener claras sus finanzas y cuánto puede permitirse. El IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) suele correr a cargo del vendedor. El vendedor también debe hacerse cargo de la plusvalía municipal, un impuesto que se paga por la revalorización del terreno. Para pagar la plusvalía municipal el vendedor tiene 30 días desde el otorgamiento de la escritura.

Como en cualquier transacción, la ganancia patrimonial que el vendedor ha tenido como consecuencia de la venta de la vivienda debe ser declarado en la RENTA y lleva aparejada una tributación que tiene que tener en cuenta al poner en venta el inmueble.

Pero trabajando con nuestra agencia, puedes estar tranquilo, te acompañaremos en todo el camino, resolviendo las dudas e incluso acompañándote al notario el día de la firma.